Jose Restrepo, Ministro de Comercio y Turismo eliminó 22 viejas normas

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, anunció a través de un comunicado, la eliminación de veintidós artículos del Decreto 1074 de 2015, como parte de la estrategia Estado Simple, Colombia Ágil.

“La depuración se hizo a través del Decreto 1331 de 2020. Responde a los reclamos de ciudadanos y empresarios para poder contar con una normatividad actualizada y clara, que haga más ágil y simple su relación con el Gobierno y la aplicación de las normas del Estado. Además es una experiencia valiosa para futuros procesos de depuración y ratifica el liderazgo de esta cartera en el desarrollo de la política de mejora normativa de Colombia”, afirmó José Manuel Restrepo, ministro de Comercio, Industria y Turismo.

Dentro de las modificaciones se encuentran las regulaciones relacionadas con entidades que se han transformado, medidas temporales superadas, beneficios económicos que cumplieron su ciclo, procedimientos transitorios sin aplicación actual, instrucciones para ajustes técnicos realizados hace años y responsabilidades transferidas a otras entidades.

Durante el proceso de revisión, se encontraron siete artículos que regulaban todo lo relacionado con el Fondo de Modernización e Innovación para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, FOMIPYME, entidad que desapareció en 2015 cuando sus funciones fueron transferidas a Innpulsa, agencia de emprendimiento e innovación del Gobierno Nacional.

Los artículos fueron anulados, al igual que uno donde figuraban sanciones a establecimientos gastronómicos acreditados como prestadores de servicios turísticos. Esto debido a la existencia de un régimen general de sanciones para todos los prestadores turísticos, incluidos los establecimientos gastronómicos.

También, “el decreto mecanismos provisionales destinados a solicitar, en 2016, inclusión en la lista de escaso abasto y para convocar, por primera vez, a cursos de insolvencia que existen desde 2015; incluía un régimen de transición entre dos listados de auxiliares de la justicia ( promotores y liquidadores) vinculados con la Superintendencia de Sociedades que en su momento cumplió su objetivo y no tiene ninguna aplicación en la actualidad”, puntualizó Restrepo.

En otro de sus apartes, se establecía un periodo de dos meses para que la entidades de certificación autorizadas por la Superintendencia de Industria y Comercio se acreditarán ante el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia, procedimiento que ya se cumplió.

Otro grupo de artículos depurados corresponde a la pérdida de vigencia por evolución del mercado. Esto se daba con aquellos que fijaban competencias en el Ministerio y que pasaron a la Superintendencia de Industria y Comercio sobre el Registro Nacional de Turismo.

Igualmente, se realizaron ajustes a aquellas normas basadas en la legislación que fue cambiada para atender las necesidades del mercado.

“Una regulación clara y actualizada es más eficiente, atractiva para el inversionista y acorde con los estándares internacionales sobre mejora normativa, lo que mejora la competitividad del país”, manifestó el ministro de Comercio.

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