Argentina continúa actualizando su normativa aeronáutica

La actualización de la Parte 61 introduce ajustes orientados a brindar mayor claridad normativa, simplificar procesos y continuar alineando la regulación argentina con estándares y prácticas internacionales. Las modificaciones incorporan mejoras y adecuaciones surgidas a partir de reuniones mantenidas con distintos sectores de la industria aeronáutica.

Entre las principales incorporaciones y adecuaciones se destacan:

• Incorporación de la licencia de Piloto de Aeronave Deportiva Liviana (LSA), sumando una nueva categoría contemplada por estándares regionales y favoreciendo la armonización normativa con otros Estados.

• Simplificación de requisitos vinculados a habilitaciones de tipo para aeronaves, eliminando duplicaciones innecesarias en los procesos de formación y entrenamiento, sin afectar los estándares de competencia y seguridad operacional.

• Adecuaciones en los procesos de equivalencia para personal proveniente de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, fortaleciendo los mecanismos de verificación de competencias y experiencia para la obtención de licencias civiles, en línea con los estándares de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).

• Mejoras en la redacción y organización de distintos capítulos de la normativa para otorgar mayor claridad interpretativa y facilitar su aplicación práctica por parte de la comunidad aeronáutica.

Asimismo, se introducen mejoras en el capítulo correspondiente a la figura del Examinador de Vuelo, fortaleciendo la claridad normativa y optimizando su implementación dentro del esquema de autoridad delegada impulsado por la ANAC.


Por su parte, las RAAC Partes 141 y 142 actualizan la normativa aplicable a los Centros de Instrucción y Centros de Entrenamiento de Aeronáutica Civil, adecuando sus programas y requisitos a la nueva versión de la RAAC Parte 61 e incorporando programas de formación para pilotos, conforme los requisitos actuales para el otorgamiento de licencias y habilitaciones aeronáuticas.

Las modificaciones también fortalecen los sistemas de registros y trazabilidad de la instrucción y el entrenamiento, avanzan en la digitalización de procesos y consolidan requisitos que anteriormente se encontraban dispersos en normativa complementaria, simplificando su aplicación y agilizando procesos administrativos y de fiscalización por parte de la ANAC. Asimismo, se modifica la Parte 147, incorporando adecuaciones vinculadas a los centros de formación técnica aeronáutica, en línea con las actualizaciones introducidas en las Partes 141 y 142.

Estas modificaciones regulatorias responden a la necesidad de adecuar la normativa a los compromisos técnicos regionales e internacionales asumidos por la República Argentina.

Con estas incorporaciones, la ANAC continúa profundizando el proceso de modernización y desburocratización del sistema aeronáutico argentino, liberando el mercado y fortaleciendo técnicamente el rol de la autoridad aeronáutica, para consolidar una aviación más segura y eficiente.

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